domingo, 27 de mayo de 2012

PRÉSTAMO

Por el contrato de préstamo, una de las partes entrega a la otra, o alguna cosa no fungible para que use de ella por cierto tiempo y se la devuelva, en cuyo caso se llama comodato, o dinero u otra cosa fungible, con condición de devolver otro tanto de la misma especie y calidad, en cuyo caso conserva simplemente el nombre de préstamo. 

Clases de préstamosPor el tipo de garantía exigida podemos distinguir entre préstamos personales y préstamos hipotecarios.
  • En los préstamos personales el banco o caja no nos exige otra garantía que la personal, en los términos a que haremos más tarde referencia. Suelen ser préstamos de menor entidad y con un plazo de duración más breve. Es frecuente solicitar un préstamo personal para la adquisición de un coche, realizar un viaje y otros gastos de reducida cuantía. 
  • En los préstamos hipotecarios, la devolución del capital prestado se garantiza con la hipoteca de un inmueble. Suelen ser préstamos de cuantía más elevada y el plazo de devolución de la cantidad prestada es también mayor.

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